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Expte. Nº 1334-2021 – “Grupos Integrados S.A. c/EN -AFIP- DGA s/Amparo Ley 16.986” – CNACAF – SALA II – 30/12/2021
REGISTRO DE IMPORTADORES Y EXPORTADORES. SUSPENSIÓN. Orden a la AFIP que determine el monto y la forma de la garantía que deberá constituir la parte actora, como condición a los fines de que se deje sin efecto la medida de suspensión del Registro de Importación/Exportación. Reconocimiento a la AFIP-DGA de la facultad de disponer la suspensión preventiva en el Registro de Importadores y Exportadores, sin sustanciación alguna, de las firmas que son procesadas en sede penal por los delitos indicados en el art. 97, inciso 1), apartado b), del Código Aduanero y, que la posibilidad de interrumpir la sanción de suspensión se encuentra sujeta a que el administrado preste la garantía que, a juicio del servicio aduanero, resulte suficiente a los fines del resguardo del interés fiscal. Se confirma la sentencia que hizo lugar parcialmente a la acción. COSTAS. Imposición a la demandada vencida.
Citar: elDial.com - AACB04
Publicado el 18/03/2022
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Términos mencionados en este fallo: suspensión, garantía, registro, aduanero, actora, importadores, exportadores, apartado, administrado, preventiva.